|

|
|

|
|

Remy Angel Terceros Fernández
Presidente del Consejo Técnico
Nacional de Auditoria y Contabilidad |
|
AVANCES DEL PROCESO DE CONVERGENCIA A
NORMAS INTERNACIONALES DE CONTABILIDAD Y AUDITORIA
Actualmente en Bolivia, como en todos los países del mundo, existe la necesidad de exponer en los estados financieros, información financiera confiable, uniforme, transparente y comparable, siendo necesario que se garantice la información financiera validando su calidad y la del profesional, coadyuvando de este modo a la propagación de las expectativas externas para realizar inversiones, actividades productivas y comerciales en el país.
En este contexto, el Colegio de Auditores o Contadores Públicos de Bolivia (CAUB), ha suscrito un Convenio de Cooperación Técnica con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), denominado “Proyecto ATN/MT-10078-BO, Convergencia a Normas Internacionales de Contabilidad y Auditoría”, Proyecto con el que se pretende contribuir a que la información financiera de las empresas que operan en Bolivia, sea técnicamente fiable, objetiva, comparable, uniforme y transparente. El objetivo del Proyecto, se centra en que los profesionales y usuarios contables del país, apliquen normas contables y de auditoría acordes a la normativa internacional (Normas Internacionales de Información Financiera – NIIF incluidas las normas Contables NIC y Normas Internacionales de Auditoría – NIA). Las nuevas normas bolivianas de contabilidad y auditoría desarrolladas en convergencia con las normas internacionales, reemplazarán las actuales catorce (14) normas contables y cinco (5) normas de auditoría vigentes en Bolivia.
Es menester informar también, que en el marco de ejecución del Proyecto y de acuerdo a lo establecido en el Convenio suscrito con el BID, se ha constituido el Comité Ejecutivo del Proyecto (CEP), conformado por el Comité Ejecutivo Nacional del CAUB y los representantes de los nueve Colegios y Consejos Técnicos Departamentales, Comité que sirve de apoyo y coordinación en el proceso de discusión y consenso de los borradores de normas, y que ha aprobado la Resolución CEP Nº 01/2009, que establece un criterio uniforme y de consenso de la profesión contable boliviana, para el desarrollo y aprobación de las nuevas normas bolivianas en convergencia con las normas internacionales, criterio que establece que las normas tanto de contabilidad y auditoría que se desarrollen en el marco del Proyecto, mantendrán el formato, estructura, contenido y esencia de las normas internacionales.
Así mismo, informar que en ciudad de La Paz se ha creado en fecha 12 de noviembre de 2009 el Comité Interinstitucional, conformado por el Consejo Técnico Nacional de Auditoria y Contabilidad (CTNAC), Confederación de Empresarios Privados de Bolivia, Cámara Nacional de Comercio, Autoridad de Fiscalización y Control Social de Empresas, Servicio de Impuestos Nacionales, Cámara de Industria y Comercio de Santa Cruz, Facultad de Contaduría Pública de la Universidad Autónoma “Gabriel René Moreno”, Asociación Boliviana de Firmas de Auditoría y Coordinación del Proyecto o Representante del Comité Ejecutivo Nacional del CAUB. El Comité Interinstitucional, tiene como función el de revisar y aceptar los borradores normas de contabilidad y auditoría que ya han sido consensuadas a nivel nacional, previa a su aprobación final por parte del CAUB y de la autoridad competente del Estado.
Como parte del Componente 1: “Adecuación normativa con las normas internacionales”, los consultores expertos en normas de contabilidad y auditoría, han desarrollado inicialmente en estricto cumplimiento a la Resolución No. 01/2009 del CEP, dieciséis (16) borradores de normas de contabilidad y dieciséis (16) borradores de normas de auditoría, borradores que han sido revisados y ajustados por las respectivas Comisiones de Estudio y por el Consejo en Pleno del CTNAC, y de conformidad a los Estatutos del CAUB y al Reglamento Interno del CTNAC, se han circularizado a todos los sectores y actores involucrados en el proceso de convergencia, para sus respectivos pronunciamientos técnicos con sus observaciones y recomendaciones.
Cumplidos los plazos establecidos en el Reglamento Interno del CTNAC para el proceso de consenso, de revisión y presentación de comentarios, sugerencias y observaciones, a los borradores de normas circularizados, y habiéndose considerado las observaciones y sugerencias recibidas de las diferentes Instituciones consultadas por parte de las Comisiones de Estudio respectivas y por el Consejo en Pleno del CTNAC. El CTNAC mediante comunicación oficial, puso en consideración del Comité Interinstitucional los dieciséis (16) borradores de normas de contabilidad, incluyendo del Marco Conceptual y dieciséis (16) borradores de normas de auditoría, incluyendo el Marco de Referencia, consensuados a nivel nacional para su respectiva revisión y aprobación.
El Comité Interinstitucional, en sus reuniones de fechas 21 de noviembre y 4 de diciembre de 2009, realizadas en la ciudad de Santa Cruz, consideró y aprobó por unanimidad las primeras dieciséis (16) normas de contabilidad, incluyendo el Marco Conceptual y dieciséis (16) normas de auditoría, incluyendo el Marco de Referencia, consensuadas a nivel nacional, las cuales tendrán la misma numeración, formato y esencia de las normas internacionales y en su denominación solamente se les eliminará la palabra “Internacional” y de su sigla se eliminará la letra “I”.
Por lo tanto y habiéndose concluido con todo el proceso establecido por el Reglamento Interno del CTNAC, para la elaboración, revisión y aprobación de una “Norma” y de conformidad al Artículo 47 de los Estatutos del CAUB, que establece que el CTNAC es el órgano técnico facultado para analizar, discutir, elaborar, promover y proponer normas de contabilidad y auditoría de propósitos generales y múltiples usuarios, el CTNAC en uso de sus facultades otorgadas por los Estatutos del CAUB, aprobó en su reunión ordinaria de Consejo en Pleno de fecha 4 de diciembre de 2009, las siguientes dieciséis (16) Normas de Contabilidad, incluyendo el Marco Conceptual y dieciséis (16) Normas de Auditoría, incluyendo el Marco de Referencia que se detallan a continuación, las mismas que tendrán vigencia y aplicación en todo el territorio nacional como “Normas Generalmente Aceptadas” en la República de Bolivia a partir del 1 de enero de 2011, aconsejándose su aplicación anticipad; sin embargo, si una entidad aplicase estas normas en un período anterior deberá revelar este hecho. Estas normas han sido homologas en reunión del Consejo Nacional del CAUB en reunión realizada en la ciudad de Sucre el 21 de diciembre de 2009 y promulgadas y publicadas en la misma fecha por el Comité Ejecutivo Nacional del CAUB mediante Resoluciones No. 02/2009 y No. 03/2009, habiendo sido remitidas el 29 de diciembre de 2009 a la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Empresas para su emisión legal:
NORMAS DE CONTABILIDAD
Marco conceptual para la preparación y presentación de los estados financieros
NC 1 Presentación de estados financieros
NC 2 Inventarios
NC 7 Estados de flujos de efectivo
NC 8 Políticas contables, cambios en las estimaciones contables y errores
NC 10 Hechos ocurridos después de la fecha del balance
NC 16 Propiedad, planta y equipo
NC 17 Arrendamientos
NC 18 Ingresos de actividades ordinarias
NC 21 Efectos de las variaciones en las tasas de cambio de la moneda extranjera
NC 23 Costos por préstamos
NC 29 Información financiera en economías hiperinflacionarias
NC 37 Provisiones, activos contingentes y pasivos contingentes
NC 41 Agricultura
NIF 5 Activos no corrientes mantenidos para la venta y operaciones discontinuadas
NIF 7 Instrumentos financieros: Información a revelar
NORMAS DE AUDITORIA
Marco de referencia para trabajos para atestiguar
NA 200 Objetivo y principios generales que gobiernan una auditoria de estados financieros
NA 210 Términos de los trabajos de auditoria
NA 220 Control de calidad para auditorias de información financiera histórica
NA 230 Documentación de auditoria
NA 240 Responsabilidad del auditor de considerar el fraude en una auditoria de estados
fiancieros
NA 250 Consideración de leyes reglamentos en una auditoria de estados financieros
NA 260 Comunicación de asuntos de auditoría con los encargados del gobierno
corporativo
NA 300 Planeación de una auditoría de estados financieros
NA 315 Entendimiento de la entidad y su entorno y evaluación de los riesgos de representación errónea de importancia relativa
NA 320 Importancia relativa de la auditoría
NA 330 Procedimientos del auditor en respuesta a los riesgos evaluados
NA 402 Consideraciones de auditoría relativas a entidades que utilizan organizaciones de servicio
NA 500 Evidencia de auditoría
NA 501 Evidencia de auditoría-Consideraciones adicionales para partidas específicas
NA 505 Confirmaciones externas
Durante la presente gestión se tiene planificado realizar la revisión, aprobación, homologación y publicación de las siguientes normas, siguiendo el mismo procedimiento antes indicado:
NORMAS DE CONTABILIDAD
NC-11 Contratos de construcción.
NC-12 Impuesto a las ganancias.
NC-27 Estados financieros consolidados y separados.
NC-28 Inversiones en empresas asociadas.
NC-36 Deterioro del valor de los activos.
NIF-3 Combinaciones de negocios.
NIF-6 Exploración y evaluación de recursos naturales.
NIF-8 Segmentos de operación.
NORMAS DE AUDITORIA
NA-510 Trabajos iniciales-Balance de apertura.
NA-520 Procedimientos analíticos.
NA-530 Muestreo de auditoria y otros medios de pruebas.
NA-540 Auditoria de estimaciones contables.
NA-545 Auditoria de mediciones y revelaciones de valor razonable.
NA-550 Partes relacionadas.
NA-560 Hechos posteriores.
NA-570 Negocio en marcha.
NA-580 Presentaciones de la administración.
NA-600 Uso del trabajo de otro auditor
NA-610 Consideración del trabajo de auditoria interna.
NA-620 Uso del trabajo de un experto.
NA-700 El dictamen del auditor independiente sobre un juego completo de EE.FF. con
propósitos generales.
NIA-701 Modificaciones al dictamen del auditor independiente.
NIA-710 Comparativos.
NIA.720 Otra información en documentos que contiene EE.FF. auditados.
NIA-800 El dictamen del auditor sobre trabajos de auditoria con propósito especial.
Cabe mencionar que a partir de marzo de 2010 se tiene planificado realizar un agresivo plan de capacitación y difusión nacional en cumplimiento del Componente 2 del convenio: “Difusión y capacitación”, con el objeto de divulgar a todos los profesionales bolivianos las normas nacionales a medida que se vaya cumpliendo el proceso de convergencia.
Finalmente, durante las gestiones 2010 y 2011, se llevará adelante el proceso de acreditación profesional voluntario, en cumplimiento del Componente 3 del convenio: “Mejoramiento de la calidad de los servicios de los profesionales del CAUB”, cuya finalidad es la de crear un sistema piloto de control de calidad de los estados financieros presentados al CAUB y un sistema piloto de certificación voluntaria, que permitirá elevar la calidad profesional del auditor o contador público boliviano.
Santa Cruz, febrero de 2010